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Habilitaciones simples en 24 Hs.

Las actividades que no requieren plano para la habilitación pueden una vez reunida la documentación requerida acceder a la habilitación en 24 hs.

Habilite su local sin demoras

​

Por una nueva modalidad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, estas habilitaciones, que no requieren de una inspección previa para comenzar a funcionar, permiten al solicitante iniciar sus actividades en el día, con la entrega de la documentación detallada en la presentada en la presente guía.


Este tipo de tramite tiene un tiempo estimado de entre 7 a 10 días.

Documentación requerida

 

1.- Inscripción en la A.F.I.P. (Número de CUIT).


2.- Inscripción en el impuesto a los Ingresos Brutos y constancia del último pago efectuado.


3.- Acreditar su derecho a la ocupación del inmueble con a) título de propiedad; b) contrato de locación; c) contrato de comodato; d) cesión de uso; e) boleto de compraventa con posesión. Las firmas de las partes deben estar certificadas ante escribano público y con su correspondiente pago del impuesto de sellos del contrato.
Debe estar bien claro el tipo de actividad comercial que se va a desarrollar en el local. Toda la documentación debe estar a nombre de la misma persona sea física o jurídica.
4.- Reglamento de copropiedad. (de corresponder)
5.- Último comprobante de ABL pago.
6.- En caso de estar el local en galería, copia certificada por escribano público de habilitación de galería o copia certificada de plano de la galería.


Tipo de Titular


Unipersonal: (Titular)


Documento nacional de identidad. En el caso de extranjeros que no dispusieran del mismo, Permiso de Residencia Precaria vigente hasta después de la presentación del trámite de habilitación.


Sociedades de hecho:


Documentación nacional de identidad de cada socio y su CUIT, además del CUIT de la Sociedad y la inscripción en ingresos brutos de la sociedad y su último pago.
Sociedades de Responsabilidad Limitada:
Contrato social inscripto y CUIT de la Sociedad e inscripción en ingresos brutos de la sociedad y su último pago. En caso de actuar un apoderado, poder con facultades suficientes para actuar ante el Gobierno de la Ciudad.


Sociedades Anónimas:


Contrato social y sus modificaciones y CUIT de la Sociedad y la inscripción en ingresos brutos de la misma con su último pago. Actas de Asamblea donde se designen autoridades y se distribuyan los cargos. Acta donde se resuelva habilitar el inmueble.


Sociedades en comandita:


Contrato social y sus modificaciones y CUIT de la Sociedad y la inscripción en ingresos brutos de la misma y su último pago.

Intervención técnica y profesional

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El profesional técnico de la construcción (ingeniero, arquitecto, maestro mayor de obras o agrimensor) es el responsable
de inspeccionar personalmente el local, a los fines de verificar que el mismo reúna la totalidad de los requisitos
urbanísticos y constructivos exigidos en la normativa vigente. Posteriormente confeccionará la documentación técnica
necesaria, que tendrá carácter de declaración jurada, la cual, una vez suscripta por el interesado, será rubricada por el
Consejo Profesional respectivo.


Dicha documentación, según los requerimientos de cada tipo de trámite a gestionar, será:
• Solicitud de habilitación (siempre)
• Certificado de uso Conforme (siempre)
• Declaración Jurada de conformación del local (de corresponder)
• Certificado de Aptitud Ambiental (ley 123 , ley 452 y Decretos Reglamentarios) (siempre).

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